mayo 29, 2018

La garantía de suficiencia de las pensiones públicas: una cuestión de derecho fundamental, no de subasta política

por Cristóbal Molina Navarrete El precedente del actual reconocimiento constitucional de un sistema de protección de “Seguridad Social” (art. 41 de la Constitución Española, en adelante CE) es la Constitución Republicana de 1931. Su art. 46 mandaba a la República “asegurar” a los “trabajadores” las “condiciones necesarias para una existencia digna”

Leer +
Share
Share