bienestar

Del Estado del bienestar a la sociedad del cuidado a las personas

Artículo de opinión de Mari Carmen Barrera, Secretaria de Políticas Sociales, Empleo y Seguridad Social de UGT, en «El Español» En estos días se está hablando mucho de las repercusiones económicas inmediatas y futuras que va a tener la pandemia del Covid-19. Reconozco que, sobre todas estas lógicas y análisis, sobre todas las predicciones y cifras

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La garantía de suficiencia de las pensiones públicas: una cuestión de derecho fundamental, no de subasta política

por Cristóbal Molina Navarrete El precedente del actual reconocimiento constitucional de un sistema de protección de “Seguridad Social” (art. 41 de la Constitución Española, en adelante CE) es la Constitución Republicana de 1931. Su art. 46 mandaba a la República “asegurar” a los “trabajadores” las “condiciones necesarias para una existencia digna”

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