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Paso a paso hacia la corresponsabilidad

Artículo de opinión de Cristina Antoñanzas, Vicesecretaria General de UGT, en contrainformacion.es

La entrada en vigor de la nueva regulación aprobada en el Real Decreto –ley 6/2019, de 1 marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres para los permisos por nacimiento y cuidado del menor de 12 meses (antes permisos por maternidad y paternidad) es un paso importante para conseguir la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres y el principio de la corresponsabilidad entre ambos progenitores.

Es un avance para lograr el cumplimiento del principio de igualdad de trato y de oportunidades en el empleo y empezar a poner fin a la discriminación que las mujeres sufren mercado laboral por razón de ser madres, por eso celebramos y compartimos esta medida que responde a una de nuestras más antiguas reivindicaciones.

Sin embargo, la aplicación progresiva de esta regulación puede volver a retrasar y ralentizar la materialización de un derecho que ya debería haberse equiparado hace años y cuya posposición ha sido sistemática en la última década – sin que veamos su cumplimento completo y efectivo hasta 2021-.

Esta medida evidencia que vamos dando pasos en positivo, pero muy lentamente. No podemos restar valor a aspecto como el cambio de denominación de este permiso que, a partir de ahora se llaman permiso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento y cuidado de menor de doce meses. Y el hecho de que se configure por fin, como un permiso individual, intransferible, y equiparado para ambos progenitores.

Su duración se mantiene en las 16 semanas, siendo las seis siguientes al parto de obligado ejercicio tanto para un progenitor como para otro y su ejercicio, transcurridas las seis primeras semanas inmediatamente posteriores al parto, podrá disfrutarse hasta que el menor cumpla doce meses.

No obstante, se ha optado por aplicar esta medida de forma progresiva hasta 2021, con el fin de realizar la equiparación escalonada de la duración del antiguo permiso de paternidad al de maternidad hasta las 16 semanas de manera que la madre biológica mantiene un permiso de 16 semanas (6 semanas son obligatorias e ininterrumpidas después del parto) y las 10 semanas restantes se podrán disfrutar de forma acumulada e interrumpida por semanas hasta que el menor cumpla 12 meses.

Lo mismo ocurre en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, a partir de 1 abril, cada adoptante o guardador debe disfrutar 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas posterior a la resolución judicial o administrativa, como periodo obligatorio.

Esta decisión ralentiza la aplicación del derecho, y se ha comprobado que los regímenes transitorios, como ha ocurrido con las antiguas previsiones de ampliación escalonada del permiso de paternidad durante los últimos años, han servido para retrasar aún más el ejercicio de un derecho fundamental, cuyas mejoras, acordes con el cumplimiento del principio de igualdad, se veían prorrogadas a futuro año tras año.

Esperemos que esta implantación progresiva no termine siendo prorrogada una y otra vez como ha ocurrido hasta ahora.

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